Una magistrada de Tucumán resolvió un controvertido caso en el que dos padres se disputaban el derecho de paternidad sobre una niña de 9 años. La jueza no sólo tomó una decisión salomónica que puso fin a la controversia, sino que se esmeró para escribir una sentencia que emociona.
No es un mensaje de WhatsApp. No es una carta ni un audio. Es una sentencia. Es una amorosa sentencia que escribió la doctora Mariana Josefina Rey Galindo, jueza Civil en Familia y Sucesiones, Única Nominación de Monteros, Tucumán. Una jueza que entendió todo. Al fin una.
«Juli, tenés razón cuando decís que no querés elegir entre tus dos papás. Tenés derecho a conservar a los dos: al papá Roberto y al papito Jorge. También tenés razón al no permitir a los grandes que te exijan ese tipo de elección. No hay nada que elegir».
Juli, tenés razón cuando decís que no querés elegir entre tus dos papás. Tenés derecho a conservar a los dos: al papá Roberto y al papito Jorge. También tenés razón al no permitir a los grandes que te exijan ese tipo de elección. No hay nada que elegir
Juli es una niña de 9 años que vive en Amaicha del Valle, Tucumán. Este año empieza cuarto grado. «Le gustan las matemáticas y quiere ser maestra cuando sea grande. Durante la semana vive con su papá Jorge (S.), su hermana Nair (S.) de 11 años, y doña Hilda –hermana de Jorge-. Los fines de semana vive con su papá Roberto (L.) y su hermana Hade (L.). La mamá de Juli se llama Lucía y vive en otro sitio. Allí -en la casa de su mamá- también tiene dos hermanos más pequeños. Ellos se llaman Ludmi y Nico, ambos son muy chiquitos –nos cuenta Juli-«.
El párrafo anterior tampoco fue escrito por un periodista ni forma parte de una carta de un familiar contándonos el caso. Es el relato de la propia jueza, quien se empeñó en componer una sentencia con lenguaje claro y pocas vueltas jurídicas, con el fin de abordar un caso complicado en el cual un hombre reconoció a la niña como su hija cuando en realidad su padre biológico era otro. La chica («Juli», nombre ficticio para protegerla), sabe de esto y para ella ambos son sus padres.
CERCANÍA CONMOVEDORA
Allí donde el fallo de la jueza no podía evitar ciertos tecnicismos, los ubicó en citas al pie o las aclaró entre paréntesis. Pero lo conmovedor es que incluso así este fallo no sería entendible para una chica de 9 años. ¿Qué hizo entonces la jueza? Escribió un resumen dentro del mismo para ella, explicándole todo de forma que pueda entenderlo directamente, más allá de contar con la sentencia.
“Juli, tenés razón cuando decís “que no querés elegir entre tus dos papás”. Tenés derecho a conservar a los dos, al papá Roberto y al papito Jorge. También tenés razón al no permitir a los grandes -y admiro tanta valentía- que te exijan ese tipo de elección. No hay nada que elegir. Vos no tenés que elegir entre Jorge y Roberto. Porque según lo que hablamos y me hiciste saber, es que sentís que los dos son tus papás. Listo eso es lo importante. Y así lo voy a escribir en esta sentencia», escribió la jueza, hablándole directamente a la niña.
Vos no tenés que elegir entre Jorge y Roberto. Porque según lo que hablamos y me hiciste saber, es que sentís que los dos son tus papás. Listo eso es lo importante. Y así lo voy a escribir en esta sentencia
Y sigue así: «Te anticipo que voy reconocer legalmente ese derecho a tener a tus papás en los papeles (a los dos) y a reconocer el derecho a vivir de esa forma y en familia. Esto quiere decir, que voy a hacer que el Estado registre en tu acta de nacimiento a Roberto además de Jorge y Lucía. A los tres: con lo cual vos vas a tener en los papeles (acta) dos papás y una mamá. Y con eso, ellos tres tienen los mismos derechos y obligaciones (ellos con vos y vos con ellos)».
Allí le detalla los derechos y obligaciones de los dos padres hacia ella, diciéndole que «básicamente las obligaciones de ellos tres son: cuidarte, acompañarte en la vida, y asegurar tu bienestar físico y económico (alimentos, vivienda, estudios, etc.). Entre ellos deben organizarse para cuidar de vos (autorizaciones cuando vos salgas de viaje fuera del país o si decidieras casarte antes de los 18 años, derechos de comunicación con vos, cuidados personales, y esas cosas ¿sabes?…)».
Un detalle que no se le escapa a la magistrada en esta verdadera pieza de colección para la jurisprudencia argentina, es el hecho de que en las porciones de su texto en el que se dirige directamente a la niña, elige cambiar la tipografía y utiliza Comic Sans, buscando aún más cercanía con la pequeña.
PUNTO POR PUNTO
Luego de ello, la magistrada hace un punteado dentro del mismo fallo clarificando la situación para aventar todo tipo de dudas:
- El origen biológico de Juli no fue controvertido. (Roberto afirma ser padre biológico. Jorge no lo niega, solo aduce el vencimiento del plazo legal para la acción intentada).
- La niña conoce su procedencia biológica (es hija de Roberto).
- La familia nuclear (padres/niñas/hermanas y madre) y la familia ampliada (tíos y abuelos) funcionan en base a los lazos afectivos, biológicos y legales. (Reconocen la coexistencia de ambas fuentes filiales en Juli: biológica y socioafectiva).
- Roberto pretende ser emplazado legalmente como padre.
- Jorge intenta no ser desplazado como padre.
- Juli pide que se reconozca el derecho a conservar a sus dos papás.
- Básicamente (Juli, Jorge y Roberto) coinciden en que desean preservar las relaciones familiares que tienen y sienten. Ser padres de Juli. Y Juli ser hija de ambos.
«Así las cosas, y tal cual funciona en la realidad, entiendo que Juli tiene razón en negarse a optar entre ellos. Porque en las condiciones que surgen del expediente, ambos cumplen con la función de padre», describe la encargada de impartir justicia.
Durante toda la sentencia, la jueza también se empeña en ser clara con los familiares de la niña, para que se comprendan sus derechos y obligaciones..
«SI QUERÉS, VOY A VISITARTE»
En tono similar al de muchas otras sentencias de este tenor, la parte resolutiva del fallo recurre a 12 puntos en los cuales utiliza giros más clásicos de la redacción jurídica, como «RECONOCER», «DECLARAR», «HACER LUGAR AL PEDIDO DE…», «CONSERVAR EL EMPLAZAMIENTO DE…», «ORDÉNESE AL REGISTRO CIVIL….», pero en su punto siete, la jueza Mariana Rey Galindo lo hace de nuevo, y entonces escribe (otra vez en Comic Sans): «Juli: Quiero volver a invitarte a charlar conmigo, ya que esta decisión es fruto de haberte escuchado, cuando me hiciste ese pedido tan importante para vos, y por eso también es una respuesta muy importante. Para eso podes venir al juzgado aquí en Monteros cualquier día por la mañana, o si vos querés me avisas y yo voy hasta Amaicha, así te explico todo lo que aquí está escrito, y vos me cuentes que te parece, también voy a invitar a tus padres para que les explique personalmente lo que significa esta decisión. Otra opción es que podes llamarme a mi teléfono celular, aquí te lo paso».
Podés venir al juzgado aquí en Monteros cualquier día por la mañana, o si vos querés me avisas y yo voy hasta Amaicha, así te explico todo lo que aquí está escrito, y vos me cuentes que te parece, también voy a invitar a tus padres para que les explique personalmente lo que significa esta decisión
El fallo, conmovedor, fue emitido el 7 de febrero de este año, a poco de volver de la feria, y sin dudas va en el camino de que se puede pensar en otra Justicia, más cercana de la gente y de sus problemas reales, y también más accesible y humana, adaptando un discurso que se baja de ese pedestal imaginario en el que se supo recluir el tercer poder, y se acerca a los verdaderos depositarios de un servicio indispensable para la democracia.